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Ley de equidad sexual en la educación

Además de las normas federales del Título IX, la política del Estado de California es que todas las personas, independientemente de su género, deben gozar de libertad frente a cualquier tipo de discriminación en las instituciones educativas del estado. Las leyes que se encuentran en el CÓDIGO DE EDUCACIÓN DE CALIFORNIA 221.5-231.5 se conocen colectivamente como la Ley de Equidad Sexual en la Educación.

Según este Código de Educación de California, el Distrito debe informar y publicar anualmente sus informes de equidad de género y mantener los datos durante tres años escolares. Las reglas sobre esta recopilación de datos de participación atlética son ligeramente diferentes a las regulaciones federales del Título IX. Para la participación del Título IX, todos los atletas inscritos en la lista el primer día de competencia Y aquellos que se unen a la lista más tarde se consideran participantes. Para los informes estatales, seguimos los detalles de la ley e informamos solo los atletas en la lista el primer día de competencia y la cantidad de equipos en cada nivel de competencia.

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Santa Cruz, CA 95060

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Las Escuelas de la Ciudad de Santa Cruz no discriminan por motivos de raza, color, origen nacional, sexo, edad o discapacidad en la admisión a sus programas, servicios o actividades, en el acceso a ellos, en el trato a las personas o en cualquier aspecto de sus operaciones. La falta de conocimientos del idioma inglés no será un obstáculo para la admisión o participación en las actividades y programas del distrito. Las Escuelas de la Ciudad de Santa Cruz tampoco discriminan en sus prácticas de contratación o empleo.

Nuestra visión es crear y apoyar un entorno de aprendizaje que desafíe y permita a los estudiantes alcanzar su máximo potencial.

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